La Ley de Derechos Civiles del año 1866 garantizaba el derecho de propiedad a todas las personas, con independencia de su raza. Debieron transcurrir otros cien años para que tuviera lugar un cambio real en materia de acceso igualitario a la vivienda, el cual se concretó con la sanción, en el ámbito federal, de la Ley de Acceso Igualitario a la Vivienda (Título VIIl de la Ley de Derechos Civiles de 1968), en virtud de la cual se incorporaron el color, la nacionalidad, la religión y el sexo. Dicha ley significó la culminación de años de debate en el Congreso en torno a la legislación en materia de discriminación en el acceso a la vivienda. Sus antecedentes legislativos abarcan los desbordes sociales en áreas urbanas del año 1967, la divulgación del Informe de la Comisión Consultiva Nacional sobre Disturbios Civiles (el Informe de la Comisión Kerner, en el cual se concluía que Estados Unidos se estaba convirtiendo en dos sociedades, separadas y desiguales) y el asesinato del Dr. Martin Luther King Jr. En 1988, el presidente Reagan firmó la Ley de Reforma de Acceso Igualitario a la Vivienda, mediante la cual se extendió la tutela legal a dos nuevas categorías –familias con hijos y personas con discapacidad–, se fortalecieron los procedimientos judiciales y administrativos aplicables a las demandas dentro de la esfera del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD, por su sigla en inglés) y se introdujeron sanciones económicas para los casos en los que se estableciera la comisión de un acto discriminatorio.
Para la presentación de una demanda por discriminación en el acceso a la vivienda, deben cumplirse los siguientes requisitos:
- El demandante debe pertenecer a una categoría tutelada por la ley.
- Debe haber tenido lugar un acto dañoso vinculado al acceso a la vivienda.
- Debe existir un nexo entre la categoría tutelada por la ley a la que pertenece el demandante y el acto dañoso.
CATEGORÍAS TUTELADAS POR JURISDICCIÓN
Federal | Pensilvania | Allegheny County | City of Pittsburgh |
---|---|---|---|
Raza | Raza | Raza | Raza |
Color | Color | Color | Color |
Nacionalidad | Nacionalidad | Nacionalidad | Nacionalidad |
Religión | Religión | Religión | Religión |
Sexo | Sexo | Sexo | Sexo |
Condición Familiar | Condición Familiar | Condición Familiar | Condición Familiar |
Discapacidad | Discapacidad | Discapacidad | Discapacidad |
Ascendencia | Ascendencia | Ascendencia | |
Edad (a partir de los 40) | Orientación Sexual | Orientación Sexual | |
Identidad o expresión de género | Identidad o expresión de género | ||
Estado Civil | Lugar de nacimiento | ||
Condición de víctima sobreviviente de violencia doméstica |
NORMATIVA SOBRE ACCESO IGUALITARIO A LA VIVIENDA POR JURISDICCIÓN
Federal
Ley de Derechos Civiles de 1866
Categoría tutelada
Mancomunidad de Pensilvania
Ley de Relaciones Humanas de Pensilvania
Condado de Allegheny
Ordenanza N.° 26-09-OR
Condado de Erie
Ordenanza de Relaciones Humanas del Condado de Erie
Ciudad de Pittsburgh
Ordenanza de Acceso Igualitario a la Vivienda de la Ciudad de Pittsburgh (Capítulo 659.03)